Asegurar la jubilación

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Ester Vila
Ester Vila
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A medida que pasan los años, uno empieza a ver la necesidad de plantearse una cierta estabilidad en el momento que laboralmente no se encuentre activo. Actualmente, la situación en cuanto a la jubilación muestra un panorama muy gris que obliga a la sociedad a buscar alternativas de ahorro para garantizarse una jubilación digna y cómoda. En ese punto, los planes de pensiones se posicionan como uno de los métodos de ahorro más extendidos y arraigados en la sociedad.

Origen de los planes de pensiones

El inicio de los planes de pensiones en España llegó con la Ley 8/1987 deL 8 de junio para cubrir un vacío en el sistema financiero del país. Desde entonces, existe un marco legal sobre los planes de pensiones que regula la actividad para garantizar el acceso de un plan de pensiones a cualquier persona física que reúna las condiciones de adhesión.

En función de la tipología de plan, habrá unas condiciones u otras, pero es importante garantizar el acceso.

Modalidad de los planes

Por un lado, existen los planes de pensiones de sistema de empleo, donde el promotor es una empresa y los partícipes con acceso a ese plan son exclusivamente los trabajadores de esa empresa. El conjunto de empresas del Ibex que tienen planes de pensiones de empleo suma un patrimonio agregado cercano a los 20.000 millones de euros y, en concreto, el mayor plan de pensiones de España es el de los trabajadores de CaixaBank, con casi 5.800 millones de euros acumulados.

En esta modalidad, puede darse el caso que el promotor sea un conjunto de empresas. En este caso, se denominan planes de Promoción Conjunta y se suele llevar a cabo en Pymes.

Cuando la figura del promotor la ejerce un sindicato o asociación se trata de planes de sistema asociado y los partícipes son sus asociados o afiliados. El caso más corriente, donde el promotor es una entidad financiera y el partícipe una persona física, se denomina plan de pensiones de sistema individual.

¿Aportación o prestación?

Existe otro tipo de clasificación en función de la aportación por parte del partícipe o la prestación que recibirá. Cuando el partícipe conoce de antemano la cantidad que aportará, pero las prestaciones no se conocen hasta el momento de la jubilación se denomina plan de aportación definida.

El caso contrario es cuando se conoce la prestación que el partícipe recibirá cuando se jubile, pero sin saber qué aportación debe ofrecer para conseguir ese fin, y que se denomina plan de prestación definida. Se puede dar el caso de que se combinen ambas características y eso da lugar a los planes mixtos.

Es obligatoria la integración de un plan en un fondo de pensiones. La normativa impone una serie de limitaciones al invertir bajo los criterios de seguridad, rentabilidad, diversificación y congruencia de plazos. Por ejemplo, el 70% de los activos del Fondo de Pensiones tienen que estar invertidos en inmuebles, créditos con garantía hipotecaria o activos financieros contratados en mercados organizados. Además, la normativa prohíbe que los fondos se endeuden.

LA LEY OBLIGA A INTEGRAR ESTOS PLANES A UN FONDO.
LA LEY OBLIGA A INTEGRAR ESTOS PLANES A UN FONDO.

Ventajas y desventajas de los planes de pensiones

Los planes de pensiones, frente a otros métodos de ahorro, ofrecen una serie de ventajas, como es el hecho de poder desgravarlo en la declaración de la renta.

Otra de las ventajas es la facilidad de disponer de las prestaciones en el momento de la jubilación. Otros métodos de ahorro no tienen un marco normativo que garantizan la capacidad de disponer de las prestaciones al jubilarse.

Cuando se trata el tema de la rentabilidad, aquí los planes de pensiones ofrecen un volumen inferior respecto a los fondos de inversión, pero sigue siendo un factor positivo el saber que se dispondrá de un dinero de manera segura al jubilarse y, además, con un crecimiento de fácil y rápida gestión.

Los planes de pensiones pueden desgravarse.
Los planes de pensiones
pueden desgravarse.

Marilina Ribas, de Salomó & Bonet-Godó, afirma que «las aportaciones que se realicen a un Plan de pensiones dan derecho a reducir la base imponible del IRPF de la Declaración. Esta reducción tiene dos límites: no puede reducir más de 8.000 euros ni más del 30% del rendimiento neto del trabajo y de actividades económicas.

El debate está servido

En los últimos meses, miles de jubilados han salido a la calle para reclamar «pensiones dignas» y revalorizarlas en función de las subidas del IRPF, pero Pablo Hernández de Cos, el nuevo gobernador del Banco de España, aseguró en su primera comparecencia en el Congreso de los Diputados que ligar la subida de las pensiones a la del IRPF «generaría, de acuerdo con los cálculos del Banco de España, un incremento del gasto público superior a tres puntos porcentuales de PIB en el año 2050».

Con este debate abierto, la inestabilidad de los pensionistas actuales y la inquietud de los futuros, las pensiones en España se encuentran en pleno proceso de reinvención.

Mientras, los planes de pensiones ganan adeptos y es que, en 2017, la rentabilidad neta media de los planes fue del 2,8%, muy por encima de la inflación, que fue del 1,1%, lo que supone una ganancia extra para los partícipes. Por esa razón, el Gobierno está trabajando para actualizar la normativa y mejorar aquellos puntos que no favorecían a los partícipes.

Novedades para 2019

La novedad más destacable será la posibilidad de rescatar el dinero aportado en los planes en un plazo de 10 años, a partir del 1 de enero de 2025. Es importante recordar que, hasta ahora, solo se podía recuperar el dinero al llegar a la jubilación.

Así es como, a partir de 2025, para poder solicitar el dinero generado solo hará falta una antigüedad de 10 años como partícipe.

Desde el Gobierno señalan que el objetivo de esta medida es convertir los planes en una opción más atractiva, sobre todo para los más jóvenes, quienes por su edad todavía no tienen en mente el día que van a retirarse.

Otra novedad es que las comisiones que generan los planes de pensiones se reducirán de la media actual del 1,75% a una media del 1,25%.

Sin duda, estas propuestas pueden interpretarse como un intento de previsión ante la situación de que, en unos años, el Estado no pueda hacerse cargo de su jubilación al completo.

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